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viernes, 12 de diciembre de 2014

Trata de personas o "Trata de blancas"

La trata de personas es un problema mundial y uno de los delitos más vergonzosos que existen, ya que priva de su dignidad a millones de personas en todo el mundo. Los tratantes engañan a mujeres, hombres y niños de todos los rincones del planeta y los someten diariamente a situaciones de explotación. Si bien la forma más conocida de trata de personas es la explotación sexual, cientos de miles de víctimas también son objeto de trata con fines de trabajo forzoso, servidumbre doméstica, mendicidad infantil o extracción de órganos.

La Asamblea Legislativa aprobó ayer la Ley Especial contra la Trata de Personas, que contempla una pena máxima de prisión de hasta 25 años para quienes entreguen, capten, transporten, promuevan , reciban o acojan personas para que otros realicen actividades de explotación (sexual, trabajos forzados, extracción de órganos, esclavitud moderna, etc.).

La ley de 69 artículos recibió el voto unánime de los diputados y crea el delito de trata de personas que será sancionado con penas de 10 a 14 años de prisión.

La legislación también establece agravantes que serán sancionadas con penas de 16 a 20 años de prisión e inhabilitación de la profesión, cargo o empleo público o privado. Se definen siete tipos de agravantes a saber: cuando la víctima sea niña, niño, adolescente, persona adulta mayor o persona con discapacidad y cuando el autor fuere funcionario o empleado público.

Asimismo se consideran agravantes cuando el delito sea cometido por persona responsable del cuido de la niña, niño o adolecentes y cuando se ocasionaren daños o lesiones y enfermedades graves e irreversibles.
Además será agravante cuando el hecho sea precedido de amenaza, fuerza, coacción o engaño, cuando se utilicen para la planificación o ejecución del delito servicios o instalaciones con fines turísticos, comerciales, deportivos y cuando se usen como soporte las tecnologías de información y comunicación.

Además, cuando los culpables del delito sean organizadores, jefes, dirigentes o financistas de agrupaciones ilícitas o estructuras del crimen organizado la pena de prisión será de 20 a 25 años.

05-10-2014

 

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